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SAT amplía horario de atención por Declaración Anual de personas morales 2023

Los contribuyentes necesitan cumplir con una lista de requisitos para realizar la Declaración Anual de personas morales 2023.

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el horario de atención para cumplir con la Declaración Anual 2023 de personas morales.

Los contribuyentes que aún no cumplen con esta obligación fiscal tienen los días 22, 25, 26 y 27 de marzo, así como el 1 de abril de 2024, para realizarla.

El horario de atención en las oficinas de la dependencia será de 8:30 a 18:00 horas.

Es relevante destacar que los días 28 y 29 de marzo son considerados inhábiles, lo que significa que no se podrá acudir al SAT para realizar ninguna operación durante esos días.

la lista de datos necesarios para presentar la Declaración Anual 2023 de personas morales. A continuación, resumo los datos mencionados:

RFC: El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) es un requisito esencial para identificar a la persona moral y debe estar registrado y activo.

E.Firma: La E.Firma es una firma electrónica avanzada que se utiliza para autenticar y firmar digitalmente los documentos presentados ante el SAT. Es necesaria para realizar trámites electrónicos y presentar la Declaración Anual.

Información financiera y fiscal: Es necesario contar con información precisa y detallada sobre los montos de ingresos, deducciones, coeficiente de utilidad, impuestos retenidos, pagos provisionales y otros datos relacionados con la actividad económica de la persona moral.

Servicio de banca electrónica: Es recomendable contar con un servicio de banca electrónica para realizar transferencias electrónicas y pagar impuestos en línea de manera segura y eficiente.

Estar al corriente con los pagos provisionales: Es importante haber presentado y pagado correctamente las declaraciones de pagos provisionales a lo largo del ejercicio fiscal correspondiente para estar al corriente con las obligaciones tributarias.

Declaraciones anuales previas del ISR: Puede ser necesario tener a mano las declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de ejercicios anteriores como referencia o para proporcionar información adicional.

Declaraciones de retenciones: Es importante contar con las declaraciones de retenciones realizadas por arrendamiento, honorarios, Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) de personas físicas, sueldos y salarios, asimilados y dividendos, si es aplicable a la persona moral.