Suprema Corte anula el delito de corrupción en CDMX

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la reforma al Código Penal de la Ciudad de México que agravaba las penas por el delito de corrupción y que además incluía como sujetos a quienes se les puede acusar de dicho delito a directores o administradores de organizaciones civiles que reciban dinero público.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha invalidado una reforma al Código Penal de la Ciudad de México relacionada con el delito de corrupción.

La invalidación de esta reforma representa un revés significativo para los esfuerzos legislativos destinados a combatir la corrupción en la Ciudad de México.

La decisión de la SCJN de invalidar la mayor parte del artículo 256 del Código Penal de la Ciudad de México refleja la preocupación por la claridad y la coherencia en la redacción de las leyes, así como por la necesidad de garantizar la seguridad jurídica.

El proyecto presentado por el Ministro Javier Laynez Potisek propone considerar todas las acciones delictivas cometidas por servidores públicos y particulares vinculados a ellos como “modalidades” de corrupción. Además, establece que las penas previstas para el delito de corrupción se aplicarían también a estas modalidades. Esto demuestra una postura firme de la SCJN en la lucha contra la corrupción al ampliar el alcance de las sanciones para quienes participen en actos de corrupción, tanto dentro como fuera del ámbito público.

La decisión de la Corte de invalidar parte del primer párrafo del artículo, que incluía a directores o administradores de asociaciones civiles que reciben recursos públicos como sujetos de responsabilidad penal, destaca la importancia de precisar y limitar adecuadamente el alcance de las disposiciones legales para evitar interpretaciones ambiguas o excesivamente amplias.